lunes 30 de marzo de 2009
La empresa española en peligro de extinción
Según el Informe del Centro de Estudios de Morosidad de EAE se está produciendo el efecto dominó de impagos que genera una degradación general de pagos y la creación de una nefasta reacción en cadena. Existe, dicen, una pandemia de morosidad que dejará pequeña la del 93.
Los sectores de la alimentación con 100 días de plazos de pago y la construcción con 230 son los menos cumplidores de la ley de lucha contra la morosidad. En el contexto europeo, y según el informe, España sigue ocupando uno de los primeros lugares en el raking de demoras en los cobros.
Sin embargo y a pesar de que en los últimos meses la crisis ha agudizado el problema de impagos, la morosidad no es sólo imputable a causas coyunturales, sino también estructurales y culturales.
lunes 23 de marzo de 2009
Bruselas exige a España que sitúe el déficit público por debajo del 3% en 2012
Bruselas.- La Comisión Europea exigirá a España que sitúe el déficit público por debajo del 3% del Producto Interior Bruto (PIB) en 2012, un año más de lo que había previsto el Gobierno.
El Ejecutivo comunitario tiene previsto aprobar mañana sus recomendaciones para los cuatro países de la zona del euro que han incurrido en déficit excesivo, España, Francia, Irlanda y Grecia, aunque tendrá en cuenta la brusca ralentización de la economía.
Como normal general, el Pacto de Estabilidad establece que la corrección del déficit excesivo debe completarse en el ejercicio siguiente a producirse, "a no ser que concurran circunstancias especiales".
En principio, la Comisión está de acuerdo con la senda de progresiva reducción del déficit planteada por las autoridades españolas en su Programa de Estabilidad para el periodo 2008-2011, pero advierte de que puede ser necesario un esfuerzo de ajuste mayor del previsto tras el fuerte impulso fiscal que tendrá lugar en 2009.
Tras tres años consecutivos con superávit, el déficit público español se situó el año pasado en el 3,8% del PIB, por encima del límite del 3% que establece el Pacto de Estabilidad. No obstante, según los cálculos del Ejecutivo seguirá creciendo en 2009 hasta llegar al 5,8% del PIB, aunque la previsión de la Comisión lo eleva hasta el 6,2%.
La Moncloa prevé que empiece a reducirse en 2010 hasta el 4,8%, aunque Bruselas, más pesimista, cree que se situará en el 5,7%.
En el caso español, la Comisión cree que se dan circunstancias excepcionales que aconsejan alargar el plazo. Hace hincapié en que el PIB español ha pasado de crecer el 3,7% en 2007 al 1,2% en 2008 y, según las últimas previsiones de Bruselas, en 2009 caerá un 2% y un 0,2% en 2010.
En su análisis, el Ejecutivo de la Unión Europea alude a la significativa contracción del sector de la construcción "hacia niveles de actividad más sostenibles", un factor que, unido a otros, conllevará que la tasa de crecimiento a medio plazo sea bastante inferior a la de los años precedentes de la recesión.
Además, resalta que, para situar el déficit público por debajo del 3% del PIB en 2010, haría falta una mejora en relación a 2009 cercana a tres puntos porcentuales.
Pider rigor al Gobierno
Bruselas recomienda al Gobierno que cumpla de manera rigurosa sus compromisos en materia presupuestaria e insiste en que debe estar preparado para adoptar nuevas medidas de corrección, en caso de que se materialicen los riesgos a la baja para sus previsiones.
El Ejecutivo comunitario propone dar a España hasta el 24 de octubre próximo para especificar las medidas que adoptará para avanzar por la senda de corrección solicitada.
Una vez aprobadas por la Comisión, estas recomendaciones deberán ser ratificadas por el Ecofin (Consejo de Ministros de Finanzas de la UE).
Previsiblemente, esto sucederá en el encuentro informal que mantendrán el 3 y el 4 de abril en Praga, para su aprobación oficial en cualquier reunión formal de ministros que se celebre a partir de esa fecha.
Tomadura de pelo - por Pedro Solbes
Efe
Madrid.- El vicepresidente económico, Pedro Solbes, está "más cerca" del presidente de la Reserva Federal, Ben Bernanke, que del Nobel de Economía Paul Krugman sobre el final de la crisis. El primero lo sitúa en 2010, el segundo dice que durará varios años. Sin embargo, sí reconoce que las peores previsiones pueden cumplirse porque es "discutible" decir que la economía "tocará fondo" este ejercicio.
Respecto al origen de la crisis global, el sistema financiero, Solbes se ha declarado partidario de que las entidades financieras que sean "incapaces de mantener su solvencia" deben ser "absorbidas" por otras o "intervenidas".
Solbes subrayó en cualquier caso que la "normalidad" volverá al sistema financiero cuando "no exista duda de la solvencia de las entidades que continúan activas". Por eso, insistió, el sector público debe apoyar sólo a las entidades viables, ya que lo contrario supondría "prolongar una situación insostenible y aumentar el coste a los contribuyentes", además de que se generarían "distorsiones" en el sector.
A pesar de estas advertencias, la banca descarta que el Ejecutivo recurra a la intervención. El presidente de la Asociación Española de Banca, Miguel Martín, se mostró convencido de que el Gobierno no tiene intención de intervenir ninguna entidad financiera española.
En el "árbol" de la banca española "hay alguna rama que hay que sanear", pero "con disciplina y exigencia esas ramas saldrán también adelante", apuntó Martín.
Solbes y Martín intervinieron en el Encuentro Financiero 2009, organizado por el Foro de la Nueva Economía, en el que también participó el director del Servicio de Estudios del Banco de España, José Luis Malo de Molina, quien auguró un estancamiento o incluso una caída del crédito en los próximos meses.
El ministro de Economía clausuró la primera jornada de este encuentro de dos días con una conferencia en la que insistió en la necesidad de una respuesta coordinada global a la crisis y confía en que la cumbre del G20 en Londres será un "éxito" y acabará con el compromiso de una regulación más eficiente del sistema financiero internacional.
domingo 15 de marzo de 2009
Se reducen las ofertas de empleo para universitarios
La crisis también se deja notar en las aulas. Este curso, los alumnos que acudan al centro de orientación profesional de su universidad se encontrarán con un número de ofertas de empleo más reducido que el año anterior y con que, en algunos centros, el abanico de programas de prácticas se ha ampliado. Así lo constata Luis Jiménez, jefe del Servicio de Orientación y Planificación Profesional de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), que asegura que "a finales de 2008 el volumen de prácticas que gestionamos se incrementó en un 4% respecto al curso anterior".
Ésta es una de las principales conclusiones del encuentro 'Talento universitario en tiempos de crisis' organizado por la consultora KPMG en el marco del International Case Competition, evento en el que participaron los responsables de los servicios de empleo de la Universidad Carlos III de Madrid, la Pontificia Comillas, Esade y la Universidad de Navarra.
María Victoria García, directora de la Oficina de Prácticas y Empleo de la Universidad Pontificia Comillas, matiza que "la escasez de ofertas es más acusada en algunos sectores, como la banca, mientras que las plazas que llegan para márketing y recursos humanos son las mismas que hace un año".
Para Francisco José Landa, director de la Oficina de Servicios Profesionales de la Universidad de Navarra (UNAV), lo importante es que los estudiantes comprendan que la falta de oportunidades laborales es una situación coyuntural, que necesita que sean flexibles en sus expectativas. "Las ofertas son más reducidas que en años anteriores, pero sigue habiendo trabajo. Lo importante es identificar cuál es nuestro talento y buscar compañías, sectores y puestos en los que podamos desarrollarlo y en los que, en definitiva, seamos felices".
En este sentido, Susana Fernández, career manager del departamento de carreras profesionales de Esade, explica que son los alumnos de penúltimo curso los que demuestran más proactividad cuando buscan empleo, mientras que "los que finalizan sus estudios siguen respondiendo más a un perfil tipo Generación Y, mucho más relajada y confiada de sus oportunidades".
Además Luis Jiménez, de la UC3M, explica que este curso se está incrementando el número de antiguos alumnos que acuden a su departamento para reorientar sus carrera profesional porque han perdido su empleo y encuentran muy difícil localizar vacantes a través de medios tradicionales, como empresas de trabajo temporal, portales de ofertas laborales, servicios públicos de empleo, etcétera.
Proceso de BoloniaAunque el aumento del desempleo impacta de lleno en las oportunidades laborales de los jóvenes, los asistentes al encuentro de KPMG coinciden en que la adaptación de las carreras universitarias a un Espacio Europeo de Educación Superior facilitará la empleabilidad de los estudiantes. Primero porque, como recuerda Luis Jiménez, representante de una universidad que ya tiene todos sus títulos adaptados al Proceso de Bolonia, "son muchas las propuestas empresariales que se han incorporado a la configuración de estos grados".
Segundo, porque el Proceso de Bolonia supone una oportunidad para que el alumno se forme en diferentes centros europeos. "Experiencias como el Erasmus Placement, un programa subvencionado con fondos europeos que facilita que los estudiantes realicen prácticas en otros países, demuestran el interés de los universitarios por completar su formación en el extranjero", dice Jimenez.
Tercero, porque los nuevos créditos ECTS -que equivalen a entre 25 y 30 horas de trabajo del estudiante y que miden su asistencia a clase, la elaboración de prácticas, la visitas a conferencias y seminarios y la preparación del examen final- potencian sus competencias profesionales de cara a su inserción laboral. De hecho, los alumnos recibirán formación práctica desde el inicio de su carrera universitaria, y no al comenzar el segundo ciclo, como ocurre con los planes de estudio tradicionales.
Este cambio en la estructura de los títulos universitarios también tiene su impacto en las empresas contratantes. Como recuerda Esther Fernández, gerente de Recursos Humanos de KPMG España, "las compañías tenemos que hacer una labor pedagógica interna para aprender a trabajar con universitarios que apenas tienen 21 años y que, obviamente, presentan una madurez profesional inferior a los estudiantes de segundo ciclo que recibíamos hasta ahora".
miércoles 11 de marzo de 2009
Todo lo que quería saber sobre el ERE y no se atrevía a preguntar
Cuatro bufetes de abogados desvelan las principales incógnitas sobre los expedientes de regulación de empleo: ¿qué son?, ¿cuáles son sus causas?, ¿qué garantías tienen los empleados frente a un despido colectivo?
Una ola de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) recorre España. En lo que va de año, las organizaciones han firmado despidos colectivos que afectan a más de 45.000 profesionales. Entre los casos más sonados, están el ERE temporal de Nissan (que afectará a 3.330 trabajadores), el expediente anunciado por la firma de telecomunicaciones ONO (que prevé despedir a 1.300 empleados) o el de Telefónica (con una rescisión de 500 puestos laborales), aunque ésta no es más que la punta del iceberg de un proceso de reestructuración laboral que se prevé dilatado.Por sectores económicos, de enero a septiembre de 2008, la industria registró 29.258 despidos por expedientes de regulación autorizados; la construcción, 3.701; y los servicios, 11.299.Cuatro bufetes de abogados -Cuatrecasas, Garrigues, Sagardoy Abogados y Uría Menéndez- explican las pautas para entender qué son, cómo se producen y qué consecuencias tienen estos expedientes de despido colectivo para las empresas y los trabajadores.1. ¿Qué es un ERE?Se entiende por Expediente de Regulación de Empleo -o Expediente de Despidos Colectivos- el procedimiento administrativo que se exige para solicitar una suspensión temporal de contratos laborales o un despido colectivo. En concreto, éste se produce cuando la actividad de la empresa cesa totalmente y se pretende la extinción total de los contratos de trabajo, siempre que la plantilla sea superior a cinco empleados.Asimismo, se entiende que existe despido colectivo cuando las extinciones de contratos en un periodo de 90 días superen el umbral legal del número de afectados. Es decir, 10 trabajadores en empresas de menos de 100 profesionales; el 10% de la plantilla cuando ésta tiene entre 100 y 300 empleados; y 30 trabajadores en las empresas que den trabajo a 300 o más empleados.2. ¿Quiénes -y bajo qué circunstancias- pueden solicitar un ERE?Con carácter general es el empresario quien solicita el ERE, como interesado en reordenar su empresa para hacerla viable. Sin embargo, en el caso de que la inactividad del empresario pueda producir perjuicios de imposible o difícil reparación a los profesionales de la compañía, la ley también ofrece a los representantes legales de los trabajadores la posibilidad de proponer el ERE.3. ¿Qué requisitos debe cumplir una organización para formular un despido colectivo?Para que la empresa inicie un ERE, la extinción de los contratos de trabajo debe estar fundamentada en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (o en una combinación de las mismas).4. ¿Cuál es el procedimiento que debe seguir la compañía?El procedimiento a través del que una empresa formula un expediente de regulación de empleo se inicia solicitando una autorización a la autoridad laboral competente, es decir, a la comunidad autónoma donde opera la compañía o, en caso de que esté presente en diferentes autonomías, a la administración central. Simultáneamente, se abrirá un periodo de consultas y negociaciones con los representantes de los trabajadores, que puede extenderse entre 15 y 30 días, dependiendo del número de empleados.Cuando el periodo de consultas concluya con acuerdo entre las partes, la autoridad laboral autorizará la extinción de las relaciones laborales. Si, por el contrario, no se concluye con un acuerdo, la autoridad laboral dictará una resolución estimando o desestimando, en todo o en parte, la solicitud empresarial. Dicha resolución podrá ser recurrida por cualquiera de las partes.5. ¿Qué documentación debe presentar la empresa que formula un expediente de regulación de empleo?Durante la negociación, la empresa debe presentar los archivos que justifican la medida que pretende adoptar. En el caso del despido colectivo, esta documentación depende de la causa legal que alegue la organización. Destaca la memoria explicativa que justifica y motiva la petición; el estudio o informe técnico en el caso de que se aleguen razones de carácter técnico, organizativo o productivo; y la documentación económica, cuando los motivos para llevar a cabo un ERE sean de índole financiero.Asimismo, las empresas de más de 50 trabajadores deben aportar un plan de acompañamiento social que enuncie o proponga medidas para reducir los efectos del despido colectivo y atenuar sus consecuencias. Dependiendo de los casos y de las distintas situaciones, estos planes incluirán medidas indemnizatorias, planes de prejubilación, fórmulas de recolocación , ayudas formativas y para la búsqueda de un nuevo empleo. También es un factor importante la documentación que estime el periodo necesario para proceder a la extinción de los contratos.6. ¿Qué organismo autoriza el cumplimiento de un despido colectivo?Para determinar la autoridad laboral competente en cada caso es preciso considerar el ámbito geográfico del expediente de regulación de empleo. De este modo, si éste incluye centros de trabajo distribuidos en más de una autonomía, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración será competente para su tramitación y autorización.En el caso de que los afectados se concentren en una comunidad autónoma, la competencia se atribuirá a la Consejería de Trabajo o, en su defecto, a la estructura encargada de los asuntos laborales. Los acuerdos de transferencia de competencias suelen marcar un porcentaje sobre el que la comunidad se atribuye la facultad de tramitar un ERE. Normalmente la autonomía tendrá la competencia cuando, al menos, el 85% de los afectados pertenezcan a su región.7. ¿Cuánto tiempo discurre desde que se presenta un ERE hasta que los trabajadores son despedidos?El periodo de consultas en el despido colectivo tiene señalado un plazo de 30 días naturales (en empresas con más de 50 trabajadores) o de 15 días naturales (si el número de empleados es inferior), salvo que se alcance un acuerdo con anterioridad. En la práctica, este plazo se extiende algo más, dependiendo de la situación de la negociación laboral, de su complejidad y, a veces, de la propia estructura del caso.Posteriormente, es preciso contar con el plazo máximo previsto para emitir la resolución administrativa -15 días naturales-, por lo que a partir de dicha resolución pueden materializarse las extinciones de los contratos a través del uso de la autorización administrativa. En conclusión, puede estimarse que el tiempo que discurre hasta que se produce el despido ronda los dos meses.8. ¿Puede afectar el ERE a un empleado que está de baja por maternidad o por parternidad?En el caso de que toda la plantilla esté afectada por un ERE, éste también incluirá a los trabajadores que disfrutan de baja por maternidad (también por paternidad), por enfermedad o de una reducción de jornada por cuidado de hijos menores. Sin embargo, estos despidos deberán justificarse muy específicamente en una reestructuración parcial. En cualquier caso, esta situación no perjudicará el cálculo de la indemnización, que se realizará atendiendo al tiempo total de servicios, sin excluir el periodo de baja.9. ¿Cuál es la indemnización a la que tiene derecho un profesional despedido vía ERE?La indemnización mínima que legalmente corresponde al trabajador afectado por un ERE consiste en veinte días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de doce mensualidades. Esta indemnización mínima podrá ser mejorada por acuerdo entre las partes durante el periodo de consultas del ERE.10. ¿En qué supuestos la indemnización es pagada por el Fondo de Garantía Social (Fogasa)?Este organismo juega un papel subsidiario respecto a la compañía insolvente o en situación de concurso, de forma que no tiene una responsabilidad directa. En este sentido, el Fogasa sólo paga las indemnizaciones en dos supuestos. Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores y aplica un despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o productivas), el Estatuto de los Trabajadores dispone que un 40% de la indemnización del trabajador correrá a cargo del Fogasa. Para determinar el importe de esta parte de la indemnización existen unos límites legales (triple del salario mínimo interprofesional).Fuera de este supuesto, el Fogasa sólo paga la indemnización cuando está acreditada la insolvencia de la compañía o ésta se declara en concurso de acreedores. En este caso, tiene que abonar el importe de las indemnizaciones, si han sido reconocidas en sentencia, auto o conciliación judicial o resolución administrativa (ERE). A efectos de determinar la base de cálculo, la retribución no podrá exceder del triple del salario mínimo interprofesional, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras.11. A efectos de IRPF ¿qué tratamiento fiscal tiene la indemnización de un trabajador afectado por un ERE?Está exenta de retención y tributación en el IRPF la indemnización legal, es decir, veinte días de salario por año de servicio, con el tope máximo de doce mensualidades. La parte de la indemnización que exceda de la cuantía indicada estará sujeta a tributación. No obstante, dicho exceso podrá beneficiarse de una reducción como renta irregular, al entenderse que las indemnizaciones derivadas de un ERE se han generado en el período de prestación de servicios en la compañía. Si dicho periodo es superior a dos años, será aplicable la reducción del 40% en la cuantía sobre la que se practica la retención.12. ¿Cómo ampara la ley a un trabajador despedido por un ERE?La autorización para extinguir el contrato laboral depende del acuerdo con los representantes legales de los trabajadores y, en caso de desacuerdo, con la autoridad laboral. Por lo tanto, la negociación y los derechos de los empleados afectados se convierten en los verdaderos protagonistas de la solución del ERE. El trabajador despedido por este procedimiento tiene derecho a percibir la indemnización mínima legal (ver pregunta 8) y tendrá derecho a la prestación de desempleo que corresponda en cada caso.13. En caso de suspensión de pagos, ¿qué derechos tiene el trabajador?En el caso de declaración de concurso de acreedores corresponde a la administración concursal adoptar las medidas necesarias para la continuación de la actividad empresarial. Por eso, en principio, la declaración del concurso de acreedores no afecta a la vigencia de los contratos de trabajo. Los derechos de indemnización del empleado perjudicado por un Expediente de Regulación de Empleo Concursal (EREC) no son distintos de los del afectado por un ERE ordinario: veinte días de salario por año trabajado con el máximo de doce mensualidades. Además, en el EREC es posible que se convengan unas indemnizaciones superiores a las legales con la administración concursal.14. ¿Qué diferencias existen entre un ERE temporal y un despido colectivo?Existen dos diferencias fundamentales entre estas dos modalidades: la duración del periodo de consultas en el Expediente de suspensión temporal se reduce a 15 días y los empleados afectados por este tipo de ERE no tienen derecho a una indemnización, sólo a la prestación de desempleo, ya que este procedimiento es una suspensión temporal del contrato de trabajo. Sin embargo, los trabajadores sí pueden pactar una serie de complementos con la empresa. La edad de los empleados o el número de los afectados no son factores diferenciadores.15. ¿En qué circunstancias es ilegal un ERE?Este procedimiento está regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, por tanto, será ilegal cuando no cumpla los requisitos establecidos en esta legislación: si no se ajusta a las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que los motivan; si el periodo de consultas termina sin acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores; o si el empresario formula defectuosamente el ERE. En estos supuestos la autoridad laboral puede desestimar el procedimiento.16. Si la empresa obtiene beneficios, pero argumenta que no es rentable como consecuencia de la crisis, ¿puede utilizar esta explicación el trabajador para recuperar su puesto laboral o conseguir una indemnización superior?Una empresa que no esté en situación de pérdidas puede formular un ERE cuando pueda alegar que concurren causas técnicas, organizativas o de producción, que justifiquen la necesidad de adoptar medidas para garantizar la viabilidad de la empresa a través de una mejor organización de los recursos o para superar una situación económica negativa. Obviamente, estas causas deben acreditarse suficientemente para que la autoridad laboral autorice el expediente. Por tanto, una organización que tenga beneficios sí tiene la posibilidad de presentar un ERE, puesto que existen otras causas que justifican este procedimiento. Muchas veces no son sólo las situaciones extremas de pérdidas, sino de costes, de duplicidades, o de reducción de los volúmenes de ventas lo que impulsa a la empresa a presentar un ERE. Desde el punto de vista del trabajador y de sus representantes legales, una situación de beneficios empresariales hace que se puedan alcanzar indemnizaciones superiores a los mínimos legales en el periodo de consultas del ERE.
Esta información ha sido elaborada en colaboración con Pilar Cavero, socia directora del área laboral de Cuatrecasas; Juan José Yago, director del departamento laboral de Garrigues; Eduardo Gómez de Enterría, abogado asociado de Sagardoy Abogados; e Ignacio García-Perrote, socio responsable del departamento laboral del despacho Uría Menéndez.
El Gobierno limita los créditos ICO a empresas que no destruyen empleo
El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de siete medidas para promover el mercado de trabajo. Tres de las propuestas están encaminadas a favorecer a los trabajadores y a las empresas que afrontan Expedientes de Regulación de Empleo.
El Gobierno dio hoy el visto bueno al nuevo paquete de medidas para proteger y promover el empleo, una obligación que exigirá a las empresas medianas que quieran recibir un préstamo del ICO con el que poder seguir funcionando.
Así consta en la primera condición que se exigirá a estas compañías: la de haber mantenido o creado empleo durante 2008, que se une a otros requisitos, como hacer actividades de I+D+i con al menos el 1 por ciento de su cifra de negocio y que un cuarto de esa facturación se haya producido fuera de España.
Para acceder a esta nueva línea del ICO, que contará con 6.000 millones de euros, también se exigirá a las empresas que su volumen de negocio no supere los 4.500 millones de euros, que no estén participadas por una empresa o un conjunto de empresas que superen esa cifra y que estén al corriente de los pagos con la entidad con la que formalicen el préstamo.
El Consejo de Ministros también aprobó hoy el Decreto-Ley con las seis medidas extraordinarias de índole laboral que tendrán un coste inicial de 1.577 millones de euros.
Así lo afirmó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, y precisó que alguna de las partidas destinadas a estas propuestas se "proyectarán" a algún otro ejercicio dada su naturaleza.
Fernández de la Vega subrayó que las decisiones que ha tomado el Ejecutivo en materia de empleo son "relevantes" y recalcó que todas las medidas aprobadas hoy han sido analizadas y valoradas por el Gobierno y los agentes sociales.
Sin embargo, para el portavoz económico del PP en el Congreso, Cristóbal Montoro, estas medidas demuestran que el diálogo social no funciona bien y que se habla tanto "para nada, para no concretar reformas laborales mucho más sustanciosas".
En su opinión, el Gobierno "supera el diálogo social y lleva adelante medidas con poca capacidad para dar la vuelta a las cosas".
También el secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, volvió hoy a criticar estas medidas, porque el Gobierno no ha corregido las que se refieren a las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social y a la reforma del contrato parcial, con las que el sindicato no está de acuerdo.
Toxo pidió que se profundice más en las medidas dentro del diálogo social, un aspecto que contempla el Gobierno porque prevé evaluar sus resultados cada seis meses previa consulta a los interlocutores sociales, para así decidir su continuidad o modificación.
Tres de las propuestas aprobadas son relativas a los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y están encaminadas a favorecer tanto a los trabajadores afectados por dichos expedientes, como a las empresas durante los periodos de suspensión de contratos como consecuencia de los mismos.
Por una parte, los trabajadores podrán recuperar el tiempo de la prestación por desempleo que hubieren consumido durante la suspensión de su contrato por un ERE en el caso de que, posteriormente, se le vuelva a extinguir su contrato.
Para las empresas se establece una bonificación del 50 por ciento de sus cuotas a la Seguridad Social durante el periodo de suspensión de trabajo como consecuencia de los ERE, con un límite máximo de 240 días.
También se pretende estimular la actividad laboral de los trabajadores prejubilados afectados por un ERE que han suscrito un convenio especial con la Seguridad Social, para que de los 61 a los 65 años puedan compatibilizar esta situación con otras ocupaciones que coticen a la Seguridad Social.
Asimismo, se han aprobado los aplazamientos de pago de cuotas empresariales a la Seguridad Social, la bonificación del cien por cien de dichas cuotas a los empresarios si contratan a desempleados, y la eliminación del periodo de espera para empezar a cobrar el paro.
Además, se impulsa la contratación parcial, medida de la que se podrán beneficiar también los trabajadores a tiempo parcial con jornadas muy reducidas.
Más de 1.700 periodistas perdieron su empleo en los últimos 8 meses
Los medios de comunicación despidieron a un total de 1.705 trabajadores en los últimos ocho meses, mientras que otras 153 personas se acogieron a la prejubilación, según los primeros datos del Observatorio para el seguimiento de la crisis de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
Esta asociación anunció el pasado 14 de noviembre la formación de un grupo de investigación para analizar las consecuencias de la actual situación económica en el sector. La recopilación de datos se inició a partir del 1 de junio del año pasado e incluye cifras actualizadas hasta el 11 de febrero de 2009.
El informe divide las actuaciones laborales de estas empresas en dos: las de nivel nacional y las provinciales. En concreto, el cierre de medios, los recortes de empleo y los expedientes de regulación de empleo afectaron a 968 trabajadores de compañías que operaban en todo el territorio español.
Por su parte, a nivel regional, estas medidas supusieron la pérdida de empleo de 890 personas, siendo la principal ciudad perjudicada Madrid (606 trabajadores), seguida de Barcelona (70) y Santa Cruz de Tenerife (64). Otras ciudades que también se han visto 'golpeadas' por la crisis han sido, entre otras, Asturias (32), Guadalajara (12) o Logroño (10).
El documento revela que los periódicos gratuitos han resultado "muy afectados" por la crisis económica ya que, sólo entre las cuatro cabeceras más importantes, se han contabilizado en el paro 270 trabajadores. "La crisis publicitaria -una caída del 16,8% para los gratuitos en 2009, según la última previsión de Zenith Vigía- y, posiblemente,la mala gestión de recursos no perdonan", apunta.
Asimismo, destaca que estas medidas, que comenzaron principalmente en el papel, "comienzan a extenderse" a los medios audiovisuales, con un "trance más preocupante" en las televisiones locales. En total, 480 empleados afectados por estas medidas trabajaban en el sector audiovisual, en el que la crisis "ha adquirido la forma de externalizaciones".
La presidenta de la FAPE, Magis Iglesias, presentará este observatorio para el seguimiento de la crisis en la asamblea general de esta asociación, que tendrá lugar el próximo 13 de marzo en Sevilla.
Más de 3.000 en paroEl pasado mes de diciembre, la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) desveló a través de su informe anual que un total de 3.247 periodistas estaban en el paro y otros 4.374 demandaban empleo. No obstante, estas cifras no incluían el tramo final de 2008, en el que la citada asociación estimaba que se produciría un incremento aproximado entre el 10 y el 15 por ciento respecto a la cifra de periodistas sin empleo.
En aquella ocasión, el presidente de la APM, Fernando González Urbaneja, advirtió de que lo peor de la crisis estaba por llegar y alertó de que 2009 no invitaba al "optimismo" y que la posibilidad real de alcanzar los 3.000 despidos sería una "catástrofe".